En el contexto de rupturas matrimoniales, el impago de pensiones es una cuestión de gran relevancia y preocupación. Este delito no solo implica una falta de responsabilidad económica, sino también un perjuicio directo para aquellos que dependen de estas prestaciones para su sustento diario. En este artículo, vamos a profundizar en qué consiste este delito, cuáles son las penas que conlleva según la legislación vigente y qué procedimientos legales existen para abordar esta situación.
¿Qué es el delito de impago de pensiones?
El delito de impago de pensiones se produce cuando una persona obligada a pagar una pensión alimenticia, ya sea por sentencia judicial o convenio regulador aprobado judicialmente, deja de hacerlo sin una causa justificada. Esta pensión puede ser para hijos menores, mayores de edad dependientes o excónyuges, y su impago afecta directamente al bienestar de estos beneficiarios.
La reciente sentencia del Tribunal Supremo 41/2024 de 17 de enero ha reforzado ciertos criterios sobre el delito de impago de pensiones, aportando clarificaciones importantes sobre los criterios y características del delito de impago de pensiones en el contexto de rupturas matrimoniales.
Ha subrayado la importancia de la responsabilidad parental y la necesidad de proteger a los beneficiarios de las pensiones. En este sentido, ha enfatizado que para que se configure el delito es necesario que el impago sea deliberado y no ocasional. Es decir, debe demostrarse que el deudor ha tenido la capacidad económica para efectuar el pago y ha optado por no hacerlo de manera consciente.
Además, la sentencia aclara que el incumplimiento de esta obligación no solo atenta contra los derechos económicos de los beneficiarios, sino también contra su dignidad y desarrollo integral.
Marco normativo
La regulación del impago de pensiones se encuentra en el Código Penal (CP), específicamente en su artículo 227. Este artículo establece que el impago de la pensión alimenticia durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos es constitutivo de delito. Concretamente, el citado artículo dispone, en su primer apartado, que:
«El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad de matrimonio, proceso de filiación o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.»
Requisitos para la consideración de delito
Para que el impago de pensiones sea considerado delito, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Existencia de una obligación judicial: Debe haber una sentencia judicial o convenio regulador judicialmente aprobado que establezca la obligación de pago de la pensión.
- Impago reiterado: El impago debe ser durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos.
- Voluntariedad: El incumplimiento debe ser voluntario. No se considera delito si el impago se debe a una imposibilidad económica real y probada del obligado al pago.
Penas y consecuencias
Las penas por el delito de impago de pensiones pueden variar dependiendo de la gravedad del caso y de la reincidencia del infractor. Según el CP, las penas pueden ser:
- Prisión de tres meses a un año: Esta es una de las sanciones más graves y puede implicar el ingreso en un centro penitenciario.
- Multa de seis a 24 meses: La multa se calcula en función de los ingresos del condenado, estableciéndose una cuota diaria que deberá abonar durante el periodo determinado.
Además de estas penas principales, el condenado puede enfrentar otras consecuencias, como:
- Embargo de bienes: Para garantizar el pago de las pensiones adeudadas, el juez puede ordenar el embargo de bienes del deudor.
- Suspensión de visitas: En algunos casos, el impago puede llevar a la modificación del régimen de visitas del progenitor deudor.
- Pérdida de patria potestad: En los casos más graves y dependiendo de las circunstancias, el juez puede decidir la pérdida de la patria potestad sobre los hijos.
Procedimiento para denunciar el impago de pensiones
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Reunir documentación
El primer paso es reunir toda la documentación relevante que demuestre el impago, como:
- Sentencia judicial que establece la obligación de pago.
- Justificantes de ingresos y pagos anteriores.
- Correspondencia o comunicaciones que demuestren el impago.
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Presentar una denuncia
La denuncia puede presentarse ante la policía, la Guardia Civil o directamente en el Juzgado de guardia. Es importante detallar los hechos y adjuntar la documentación reunida, como recibos bancarios o cualquier documento que evidencie la falta de pago.
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Procedimiento judicial
Una vez presentada la denuncia, se inicia el procedimiento judicial. El juez evaluará la evidencia y, si se constata que existe una voluntad deliberada de no pagar y, por tanto, considera que hay indicios de delito, abrirá el proceso penal. Durante el juicio, ambas partes presentarán sus argumentos y pruebas.
Consejos prácticos
El impago de pensiones no solo tiene consecuencias legales, sino que también afecta profundamente a la estabilidad emocional y económica de los beneficiarios. La pensión alimenticia es un derecho de los hijos y de los excónyuges que, en muchos casos, dependen de este ingreso para cubrir necesidades básicas como alimentación, educación y vivienda.
Por ello, si te encuentras en esta situación, es importante que tengas en cuenta lo siguiente:
- Mantén una comunicación abierta: Intentar resolver el problema de manera amistosa puede evitar un largo proceso judicial.
- Busca asesoramiento legal: Contar con un abogado especializado en derecho de familia es crucial para asegurar una reclamación efectiva.
- Actúa rápidamente: No dejes pasar mucho tiempo antes de presentar la denuncia, ya que el retraso puede complicar el proceso.
En conclusión, el impago de pensiones es un delito serio que tiene repercusiones legales significativas y un impacto profundo en las vidas de los afectados. La legislación, a través del artículo 227 del CP, establece claramente las penas para aquellos que incumplen con sus obligaciones. Es crucial que las personas entiendan la importancia de cumplir con estas responsabilidades y busquen soluciones, si no amistosas, a través de los tribunales, para garantizar sus derechos.