Imagina que te encuentras de camino hacia el trabajo o de regreso a casa después de una larga jornada, cuando, de repente, sufres un accidente. En este momento entra en juego el concepto de «accidente laboral in itinere«. Pero, ¿qué significa exactamente? ¿Cuáles son las claves y requisitos para que sea reconocido como tal? Y, lo más importante, ¿cómo afecta a tu compensación?
En el siguiente artículo respondemos a estas preguntas y te contamos todo lo que debes saber sobre el accidente in itinere.
¿Qué es un accidente in itinere?
El término in itinere proviene del latín y se traduce como «en el camino». En el contexto laboral se denomina accidente in itinere a aquel que sufre el trabajador al dirigirse o regresar del trabajo, es decir, que puede darse tanto en el trayecto desde su domicilio hasta su lugar trabajo como en el recorrido desde el trabajo y hasta su residencia.
Claves de este tipo de accidente
Partimos del hecho de que un accidente laboral es “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena” (artículo 156.1 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Como ya hemos anunciado, la legislación laboral considera el accidente in itinere como un accidente de trabajo o laboral ya que se ha producido a causa de la actividad laboral. Y así lo dispone la LGSS en su artículo 156.2.a): “Tendrán la consideración de accidentes de trabajo: a) Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo.”
Por tanto, a efectos legales, tendrá el mismo trato un accidente in itinere que uno que se haya producido en la empresa o lugar de trabajo.
Requisitos para el reconocimiento del accidente laboral in itinere
Para que el accidente sufrido por un trabajador sea reconocido como in itinere, la jurisprudencia exige que se cumplan una serie de condiciones o requisitos:
1.Requisito teleológico
Hace referencia al fin o a la causa por la que se lleva a cabo el desplazamiento. En este caso, el accidente debe estar relacionado directamente con la actividad laboral, es decir, que el trayecto debe emprenderse y hacerse con el fin de ir o volver del trabajo.
Es decir, existe una relación causal entre el comienzo del trayecto y el desempeño del trabajo.
2.Requisito topográfico
Este requisito se denomina también como espacial o geográfico.
El trayecto recorrido debe seguir la ruta habitual que el trabajador toma para ir desde su domicilio (entendido como lugar cerrado en el que el trabajador desarrolla habitualmente las actividades más características de su vida familiar, personal, privada e íntima, lo que comúnmente se denomina vivienda) hasta el lugar de trabajo y viceversa.
Se entiende que el accidente in itinere ocurre una vez que el trabajador ha iniciado su desplazamiento. Por lo tanto, se considera un accidente laboral la caída al bajar las escaleras del edificio donde reside. Esto se debe a que el trayecto no comienza en el portal del edificio, sino en la puerta de la vivienda.
Las desviaciones o paradas no rompen el nexo o relación causal si son breves, siempre que no supongan un incremento innecesario del riesgo y obedezcan a motivos relacionados con el trabajo o con la convivencia normal.
3.Requisito cronológico
Está muy relacionado con el requisito topográfico y es que el accidente debe producirse en un lapso de tiempo que concuerde con y el horario de entrada y salida del trabajo.
También hay que tener en cuenta la distancia que hay entre un punto y otro, sin que pueda haber interrupciones temporales motivadas por causas particulares y que den lugar a la rotura de la relación de causalidad.
Por ejemplo, si antes de acudir al trabajo, el empleado asiste a una cita médica o a realizar una gestión tributaria, y en ese momento sufre un accidente, nopodrá calificarse como accidente in itinere.
4. Requisito mecánico
Significa que el medio de trasporte que se ha utilizado para el desplazamiento debe ser el habitual y adecuado en relación a la distancia entre el lugar de trabajo y el domicilio, ya sea caminando, en el coche particular del empleado, en transporte público o en el que la empresa haya puesto a disposición de los trabajadores.
El trabajador no debe actuar con imprudencia grave o temeraria.
En este caso, es el trabajador, o sus causahabientes, quienes tienen el deber de acreditar que concurren en su incidente todas las condiciones para poder calificarlo como accidente in itinere.
Indemnización por accidente in itinere
Este empleado tiene derecho a percibir una indemnización como compensación por los daños y perjuicios, es decir, por las lesiones sufridas, cuya cuantía dependerá de distintas circunstancias como:
- Si el incidente conlleva la incapacidad temporal o permanente parcial, total o absoluta del trabajador.
- El salario del empleado.
- Factores como la edad del trabajador, las secuelas o daños permanentes a causa del accidente o las actividades del trabajador que por dichos daños se ven afectadas. Estos elementos conducen a la determinación del grado de pérdida de calidad de vida del trabajador por las secuelas del accidente, grado que puede ser moderado, grave o muy grave.
Ten en cuenta además que, si se trata de un accidente de tráfico, es compatible la indemnización que como trabajador puedas recibir a causa del accidente laboral con la indemnización que puedas reclamar al culpable del incidente.
Conclusión
Por tanto, si un trabajador sufre un accidente en el trayecto de ida o vuelta del trabajo o casa, y siempre que logren probarse los requisitos teleológico, topográfico, cronológico y mecánico que para ello se piden, cabrá calificar dicho incidente como un accidente laboral in itinere, lo que supone que el empleado tendrá derecho a percibir una indemnización por los daños sufridos.